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Departamento de Cirugía y Especialidades Médico Quirúrgicas

Consejo de departamento

Funciones

1. Las funciones del Consejo de Departamento son las que le atribuyen la Ley Orgánica de Universidades, los Estatutos de la Universidad, y demás disposiciones de aplicación.

2. Sin perjuicio de lo anterior, corresponde al Consejo de Departamento:

  1. Elegir y revocar al Director o a la Directora del Departamento, de acuerdo con lo previsto en los Estatutos.
  2. Aprobar las líneas generales de la política departamental en los aspectos docentes, investigadores y de gobierno del Departamento.
  3. Aprobar el plan anual de actividad docente, investigadora y académica a desarrollar por el Departamento.
  4. Coordinar, en colaboración con los centros, las enseñanzas de las asignaturas a su cargo.
  5. Aprobar las propuestas de programas de doctorado.
  6. Participar en los procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de las actividades del personal que desarrolle sus funciones y tareas en el Departamento y en los procedimientos de certificación y acreditación que afecten a tales actividades.
  7. Asignar al profesorado la docencia de las asignaturas dentro de su área de conocimiento, de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo de Gobierno.
  8. Informar las cuestiones relativas al profesorado y a la provisión de vacantes.
  9. Proponer a los integrantes de las comisiones de acceso y selección a las que hacen referencia los artículos 148 y 155 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo.
  10. Proponer o, en su caso, informar la contratación de profesorado visitante y emérito.
  11. Impulsar la renovación científica, técnica artística y pedagógica de los miembros del Departamento.
  12. Aprobar la memoria económica anual.
  13. Proponer la creación de Secciones Departamentales, previa modificación de este Reglamento, coordinar sus actividades y designar y revocar a su Director.
  14. Aprobar el proyecto de Reglamento de Régimen Interno y someterlo a la aprobación del Consejo de Gobierno.
  15. Crear y suprimir comisiones y grupos de trabajo para la gestión de las atribuciones que corresponden al Departamento.
  16. Informar las comisiones de servicios, los permisos y el régimen de incompatibilidades del personal del Departamento.
  17. Las que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Oviedo, sus normas de desarrollo, el presente Reglamento y demás disposiciones de aplicación.