Funciones
Las funciones del Consejo de Departamento descritas en los puntos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 16 del artículo ocho, punto dos, del Reglamento, así como resolver o informar cualquier otro asunto de trámite, de carácter general, no adjudicado a otro órgano o comisión.